Decreto Supremo que aprueba Reglamento para la conceptualización, gestión, operación y control del Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor

 

 

DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO

Decreto Supremo que aprueba Reglamento para la conceptualización, gestión, operación y control del Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor

decreto supremo Nº 015-2022-midagri

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece en el literal d. numeral 1, de su artículo 7, que este Ministerio, en el marco de sus competencias, ejerce como una de sus funciones específicas, la de conducir el Sistema Integrado de Estadística Agraria; asimismo, el literal h. del numeral 2. del mismo artículo, señala que el MIDAGRI tiene por función promover la planificación agraria y de riego con atención prioritaria a la agricultura familiar y la seguridad alimentaria, articulando los ámbitos nacional, regional y local; asimismo, conforme a lo previsto en el literal g. del numeral 2. del acotado artículo, el MIDAGRI establece e implementa los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo y sostenible de la actividad agraria; a su vez, el numeral 12.2 de su artículo 12, indica que, en cada ámbito departamental, este Ministerio promueve un espacio de intercambio de información y coordinación, que vincule las acciones que, en materia agraria y de riego, desarrollan los gobiernos regionales con las acciones desconcentradas que implementan los organismos públicos adscritos, los programas y proyectos especiales del MIDAGRI, procurando una lógica de acción pública articulada que responda a un enfoque territorial; Que, el Decreto Legislativo 1082, Decreto Legislativo que crea el Sistema Integrado de Estadística Agraria conformante del Sistema Estadístico Nacional - SIEA, cuyo órgano rector es el Instituto Nacional de Estadística e Informática, se encuentra conformado por los órganos del Ministerio de Agricultura (ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego), los organismos adscritos al Sector Agrario, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y sus diferentes dependencias en la materia que por la naturaleza de sus funciones produzcan información estadística agraria; el artículo 2 del mencionado Decreto Legislativo establece que este Ministerio dirige, consolida y coordina, a nivel nacional, con las diferentes entidades conformantes del SIEA, la recopilación y acopio de la información estadística agraria que éstas produzcan;....https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-reglamento-para-la-conceptualiza-decreto-supremo-n-015-2022-midagri-2101408-1/

 

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